Thursday, January 27, 2005

APUNTES SOBRE LAS AFP

Con la Ley 87-01 sobre el Sistema Dominicano de Seguridad Social, promulgada el 9 de Mayo del 2001, se establece el marco legal que regirá, entre otros aspectos, el funcionamiento de las Administradoras de Fondos de Pensiones en la República Dominicana.

Según las últimas estadísticas oficiales de la Superintendencia de Pensiones (SIPEN), a Septiembre del 2004, existían cuatro grandes AFP: Popular, BBVA Crecer-Porvenir (esta última absorvida por AFP BBVA Crecer el 29 de Octubre del 2004), Siembra y Reservas, las cuales sumaban el 92.50% del mercado de los cotizantes. El rendimento anual de las inversiones, que son realizadas hasta el momento en certificados financieros y otros instrumentos emitidos por instituciones financieras reguladas y acreditadas en el país, alcanzó un promedio de 23.02%, siendo AFP Camino y AFP Reservas las que obtuvieron el mejor resultado con un 26.30% y un 26.10%, respectivamente. Este se iguala a la tasa de interés anual que paga el Banco Central a sus inversionistas de su subasta efectuada a principios del mes de Enero del 2005. El patrimonio de los Fondos de Pensiones al 30 de Septiembre del 2004 era de RD$13,251.0 millones.

Acerca de la cartera de inversión, tienen programado que los recursos sean inviertidos en otras áreas, que al igual que la anterior, promuevan tanto el crecimiento económico de los sectores involucrados como el desarrollo económico y social del país, estando los mismos supervisados por la SIPEN y normados por la Comisión Clasificadora de Riesgos y Límites de Inversión. Por ejemplo, han detectado como posibles fuentes a los proyectos de viviendas a través del sistema hipotecario y la bolsa de valores vía el mercado secundario.

Con este excelente panorama, a menos de cuatro años de la existencia de la ley, aún hay ciertos aspectos que deben mejorarse y estos dependen de la responsabilidad y concientización que los sectores productivos de la sociedad tengan frente a este proyecto de Seguridad Social. Como ejemplo, encontramos que al 30 de Septiembre del 2004 existían 1,136,594 personas afiliadas, en cambio habían 622,183 personas cotizando en ese último mes, lo que arroja una diferencia de 45.26% que no cotizan o que lo han hecho esporádicamente y generalmente esto se debe a que existen aún empresas o instituciones públicas o privadas que no están registradas, o que simplemente no realizan puntualmente sus pagos mensuales o que su nómina ante la Tesorería de la Seguridad Social difiere de la real.

Esta situación puede crear una serie de perjuicios tanto a las empresas como a sus empleados, entre los cuales encontramos:

· Violación de la ley 87-01 y con ello la aplicación de multas y recargos.

· Malestar interno y desmotivación pues los empleados se sienten sin el respaldo de su
empresa.

· Pérdida del rendimiento real de las inversiones individuales (cuando se atrasan los pagos
mensuales).

· Diferimiento del périodo para otorgar la pensión y/o su valor real, pues no se realiza el
pago a tiempo o completo.

· Pérdida de las coberturas de los seguros por accidente o por fallecimiento cuando no están
inscritos o sus pagos al día. Esto último puede ocasionar un problema a los beneficiarios del
empleado y grandes pérdidas financieras a las empresas o instituciones, pues son pasibles
a ser demandadas por violación a las leyes y reglamentos de la Seguridad Social.

En general, el buen desempeño, la estabilidad y el desarrollo que puedan obtener los Fondos de Pensiones dependen en gran medida de los aportes financieros que las empresas y los empleados realicen de manera conjunta al Sistema.